Es usual ver en las Redes y hasta en publicaciones de medios de prensa hablar del “viaje de los 120 kilos”. Sin embargo, definir de esta manera lo que puede importarse en un momento dado es incorrecto e inexacto y provoca errores y confusiones entre quienes viajan a Cuba. Si continúa leyendo podrá conocer un poco más sobre esta complejidad que es importar como pasajero a Cuba.
Tabla Valor/Cantidad de los artículos a importar por pasajeros o envíos
La Resolución 175-2022 de la AGR determina en su Anexo 2 el valor de referencia (equivalente a los puntos) de un amplio espectro de artículos, pero no incluye las cantidades permitidas de cada uno, lo cual limita su utilidad práctica para quienes viajan. En Aduaneando en Cuba hemos confeccionado una tabla que incluye ambas informaciones para ayudar en ese sentido. Continúe leyendo para conocer más y descargarla.
La Determinación del Carácter No Comercial y la Transparencia
En las últimas semanas, he visto en Grupos de Facebook y Telegram comentarios de personas que dicen haber viajado a Cuba y aseguran que en el momento del despacho aduanero se le han aplicado limitaciones en las cantidades de determinados artículos por lo que, preguntada la Aduana cubana, recibí una respuesta que en mi opinión no aclara la duda y, por el contrario, abre más interrogantes. En su respuesta, la Aduana me dice: (sic) “se mantiene la importación de medicamentos, aseo y alimentos libre de pago y sin límite alguno la única diferencia es que debe existir diversidad en los artículos que importa” (sic).
La libre importación de medicamentos. Una moneda con más de dos caras
Tras tres años transcurridos desde la decisión de permitir la importación de manera excepcional y temporalmente de medicamentos, sin límites y exentos del pago de aranceles, existen una variedad de criterios alrededor de su impacto y de los resultados obtenidos.
Qué son los Insumos Médicos
La Resolución 204-24 del MINSAP, recientemente dictada, actualiza el listado de artículos y equipos que bajo la definición de insumos médicos pueden ser importados sin carácter comercial como parte de los equipajes de los viajeros o como envíos de paquetería. A partir de lo establecido en la señalada disposición, estos productos y equipos médicos pueden importarse no comercialmente, sin límite en cantidad y exento de pago de derechos de aduana.