Convención Aduanera sobre Turismo: Facilidad o Restricción

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La Aduana cubana ha recordado en sus redes que las personas que viajen a Cuba como turistas, solo pueden entrar al país con sus efectos personales y se menciona para definir estos artículos a la Convención de Facilidades Aduaneras para el Turismo. ¿Qué dice este documento y quiénes son turistas en Cuba? Una explicación, un poco de historia y una opinión personal. 

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Prorroga o no prorroga: esa es la cuestión…..

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Organizar un viaje a otro país siempre requiere tiempo para su preparación, pero si el destino es Cuba y se viaja con la intención de visitar familiares, ello es aún mucho más complejo. Entonces, ¿por qué esperar a última hora para informar de las prórrogas en algunos beneficios que afectan a los pasajeros, como es el caso de alimentos y medicinas? ¿Por qué crear expectativas y temores?

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Control de equipos grandes consumidores en las importaciones

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He visto en las redes comentarios sobre el posible control en frontera de la eficiencia energética de aquellos equipos electrodomésticos que se importan no comercialmente, que se relacionan con dos resoluciones del Ministerio de Energía y Minas, vigentes desde el 2021 que no tienen nada que ver con ello. Hoy Cubadebate publicó un artículo sobre el tema y en el caso de «la población» habla de que “se harán acciones para contribuir a que esos equipos que entran al país sean energéticamente eficientes” ¿Significa esto que volveremos atrás?

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La Determinación del Carácter No Comercial y la Transparencia

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En las últimas semanas, he visto en Grupos de Facebook y Telegram comentarios de personas que dicen haber viajado a Cuba y aseguran que en el momento del despacho aduanero se le han aplicado limitaciones en las cantidades de determinados artículos  por lo que, preguntada la Aduana cubana, recibí una respuesta que en mi opinión no aclara la duda y, por el contrario, abre más interrogantes. En su respuesta, la Aduana me dice: (sic) “se mantiene la importación de medicamentos, aseo y alimentos libre de pago y sin límite alguno la única diferencia es que debe existir diversidad en los artículos que importa” (sic).

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