La libre importación de medicamentos. Una moneda con más de dos caras

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Tras tres años transcurridos desde la decisión de permitir la importación de manera excepcional y temporalmente de medicamentos, sin límites y exentos del pago de aranceles, existe una variedad de criterios alrededor de lo sucedido y de los resultados obtenidos. Para unos es una necesidad insoslayable, mientras que para otros es una fuente de ilegalidades, pero en lo que todos estamos de acuerdo es que ha sido una de las medidas más necesarias tomadas en los últimos tiempos.

Como todo buen cubano, tengo una opinión, que voy a compartir con quienes deseen y para ello divido el tema en los tres aspectos que considero fundamentales. Pulse sobre cada uno de ellos para conocer por qué y cuáles son mis argumentos:

La Necesidad       La Legalidad        La Racionalidad

La libre importación de medicamentos. Una moneda con más de dos caras -I

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I- La necesidad   

La Legalidad   La racionalidad     

Desde hace años y a partir de los problemas económicos que todos conocemos, la ya muy dañada economía cubana ha caminado en una constante contracción y entre los renglones que con su escasez afectan directamente a la población están los medicamentos.

La falta de materias primas para la producción nacional a partir y la ausencia de financiamiento producto de sanciones externas y de otros factores, unido a lo que se ha llamado “distorsiones en la economía” presentes en toda la actividad productiva del país, han traído como consecuencia una casi total falta de medicamentos, no solo en la red de farmacias, sino en todo el Sistema Nacional de Salud que ha afectado a la totalidad de la población y creado situaciones que en ocasiones han marcado la diferencia entre la vida o la muerte.

En los hospitales y pese al esfuerzo de las instituciones vinculadas y de abnegados profesionales, la situación ha llegado al punto en el que los médicos recetan, no lo recomendado, sino lo disponible, llegando en ocasiones a decirle al enfermo “mira a ver si puedes conseguir este medicamento, pues es el que necesitas, pero está en falta”. Y lo mismo sucede en los policlínicos y médicos d la familia.

Los medicamentos son algo que todos necesitamos de una forma u otra. Usted puede vivir sin un par de zapatos nuevos, pero un hipertenso que no tenga Enalapril (por poner un ejemplo) puede ver comprometido no solo su bienestar personal, sino hasta la propia vida.

En 2020, un “Ordenamiento” lleno de errores y decidido en medio de una pandemia y del recrudecimiento de presiones externas, elevó a niveles nunca antes vistos la insuficiente comercialización de medicamentos en farmacias y la poca disponibilidad – o en ocasiones inexistencia de ellos – en centros hospitalarios, convirtiéndolo en un gran problema social que poco a poco fue adquiriendo connotaciones políticas.

En este punto del problema muchos se preguntaban: ¿Por qué un país con las condiciones económicas como Cuba no abre sus fronteras a la entrada de productos deficitarios y, por el contrario, está llena de políticas restrictivas a las importaciones no comerciales, cuando son estas las únicas vías que no pueden ser dañadas por políticas externas y que – por otra parte – no requieren de financiamiento interno?

Parece que esa pregunta, que por cierto muchos llevábamos años haciéndola, pareció finalmente algo lógico a la alta instancia del gobierno que vio en ella una vía de escape a la presión social y política cada vez mayor ante la imposibilidad de resolver a corto plazo la crisis de medicamentos. Y así, a mediados de 2021 se decidió autorizar excepcionalmente y con carácter temporal, la libre importación y exenta del pago de los aranceles, de aduanas, de alimentos, aseo y medicamentos.

Estas medidas estuvieron en boca de la mayoría de los dirigentes del primer nivel del país y su alcance fue objeto de un gran despliegue en todos los medios de información nacionales el cual que puede resumirse con un artículo de Cubadebate, del 19 de julio de 2021, en el que el Jefe de la Aduana decía que “Es amplia la gama de productos que se pueden importar sin aranceles ni límites de cantidades establecidos”

Y así, durante más de dos años se importaron toneladas de medicamentos de todo tipo, sin el más mínimo control sanitario y sin control de cantidades, lo cual ayudó incuestionablemente a resolver en parte las necesidades de la población y seguramente salvaron más de una vida, pero fueron el motor impulsor de un creciente mercado paralelo de medicamentos donde algunos – llamémosles más vivos – han obtenido enormes ganancias explotando las limitaciones objetivas y subjetivas del Estado y las necesidades sanitarias de millones de cubanos.

En síntesis, ante la existencia de una escasez de medicamentos que el Estado no tenía posibilidades de cubrir se tomó la decisión de tratar de al menos disminuirla, eliminando los limites no comerciales y permitiendo que se importará lo que se quisiera, cosa que por cierto es lo que se ha venido haciendo desde esa fecha a partir de diferentes prórrogas, sin que hasta el momento se hayan hecho otras precisiones.

Esa es la primera cara de la moneda: LA NECESIDAD

La libre importación de medicamentos. Una moneda con más de dos caras – II

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Continuando con el artículo anterior, tocaría tocar otro de los aspectos de los que mucho se habla y se discute  alrededor de este tema:

II- La Legalidad 

  La Necesidad    La Racionalidad      

Como dijimos en la sección anterior, estas medidas tuvieron un gran despliegue en todos los medios de información nacionales (incluyendo la Mesa Redonda) en los que la Aduana y los demás organismos involucrados explicaron detalladamente su alcance. Por ejemplo el periódico Granma, en su edición del 19 de junio del 2021, detalló las precisiones que ofreció la Aduana de Cuba sobre la implementación de las nuevas de medida de importación de alimentos, medicamentos y aseo entre las que detallan estaba que “No se establecen límites en cantidad…” y que los pasajeros “pueden traer lo que la aerolínea les permita”.

Por su parte, en la Mesa Redonda del día 16 de julio del 2021, el Jefe de la AGR dejó claro que no se iban a aplicar los límites establecidos para las importaciones comerciales en el caso de los medicamentos , alimentos y aseos y que en el caso de los primeros no había límite en cantidad.

Me niego a creer que quienes estudiaron, diseñaron y pusieron en práctica estas medidas no hayan sido capaces de prever dos cosas: en primer lugar que era imposible que alguien importara decenas de kilogramos de medicamentos solamente para uso personal o familiar y en segundo lugar, que una buena parte de esos medicamentos no iba a llenar la bolsa negra y que la ley de la oferta y demanda en manos de los especuladores provocaría precios astronómicos. Quiero creer que la necesidad social y política prevalecieron y que lo que seguramente sucedería (y sucedió) eran los daños colaterales previstos.

Y claro, sucedió lo inevitable. Las redes y la calle se llenaron de ofertas que iban desde una pastilla de Duralgina hasta productos citostáticos. El acudir al mercado ilegal resultó la única manera para sanar o mantener con vida a un familiar, amigo o vecino y así, a lo largo de más de dos años, toneladas de importaciones supuestamente no comerciales de medicamentos, se convirtieron en operaciones comerciales cada vez más organizadas y de mayor envergadura.

Pero “tanto da el cántaro a la fuente” que según un artículo de Cubadebate del 19 de marzo de 2024, que resumía la  comparecencia del día antes en la Mesa Redonda del Jefe de la Aduana cubana donde poniendo como ejemplo la importación de más de 20 mil pastillas de Enalapril por un solo pasajero dijo que “Muchas personas traen grandes volúmenes de estas mercancías con el fin de comercializar” y que esta medida se aprobó “para que las personas pudieran tener acceso a medicamentos, alimentos, aseo, pero no para que se usara como una vía para importar estos productos en volúmenes significativos, para su comercialización”.

Es cierto que el término de “no comercial” se mantuvo en todas las disposiciones emitidas, pero si, por otra parte, usted establece en una disposición que “se eliminan los límites comerciales establecidos para las medicinas, alimentos y aseo está de hecho (y de derecho) diciendo que no existen límites en estos casos.

Sin embargo, y de acuerdo a los recientes comentarios de algunos viajeros tras el control aduanero, parece ser que la Aduana ha decidido definir este asunto y “restablecer la aplicación de la Resolución 175 de 2022 en lo relativo a la determinación del carácter comercial para los alimentos, aseos, medicamentos e insumos médicos”, manteniendo como principio a observar “el evidente carácter comercial y actuar con racionalidad, observando que las cantidades y variedad de los productos no sobrepasen los límites razonables para una importación no comercial.”

Y esto nos lleva “al pollo del arroz con pollo” ¿Cuál es la cantidad que determina el evidente carácter comercial del Enalapril, por ejemplo: mil, 3 mil, 10 mil pastillas? ¿Quién establece ese límite razonable? ¿Dónde se establecen ambas cosas de manera transparente?

Una vez un dirigente de la Aduana hablando sobre el tema dijo que “todos sabemos lo que es un carácter comercial” y estoy seguro al afirmar que eso no es cierto y si hay diez cuestionados, habrá seguramente diez respuestas diferentes. Si no fuera así, el límite en velocidad en una autopista no se establecería y sería el que entendiera subjetivamente el policía de turno en cada caso, lo que provocaría que los choferes estuvieran siempre ante la posibilidad de ser multado por desconocimiento

La lógica nos dice que es tan razonablemente posible traer diez tiras de Elanapril y vender las diez, como lo es traer mil y no vender ninguna. Comerciar es vender, por lo que la única manera efectiva y real de controlar y enfrentar el comercio ilegal de medicamentos es allí donde se ejecuta: en la calle, más cuando los infractores se anuncian públicamente en Facebook y Telegram.

Pero entonces, ¿Debemos admitir que medidas creadas para ayudar a la gente se conviertan en un medio para el lucro personal de algunos inescrupulosos? ¿Resulta necesario aceptar lo que le ocurrió a una amiga que tuvo que pedir prestado miles de pesos para garantizar la vida de su padre ingresado en un hospital? ¿Es correcto que el evidente carácter comercial se fije a partir de criterios subjetivos que nadie conozca? 

Esa es la segunda cara de la moneda: LO LEGAL

Qué son los Insumos Médicos

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La Resolución 105-24 del MINSAP, recientemente dictada, actualiza el listado de artículos y equipos que bajo la definición de insumos médicos pueden ser importados sin carácter comercial como parte de los equipajes de los viajeros o como envíos de paquetería. A partir de lo establecido en la señalada disposición, estos productos y equipos médicos pueden importarse no comercialmente, sin límite en cantidad y exento de pago de derechos de aduana.

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