Actualizan las Regulaciones para la importación de alimentos de origen animal

Comparte este contenido en tus Redes

El 5 de septiembre pasado el Centro Nacional de Sanidad Animal (CENSA) del  MINAGR publicó en su Sitio Web una actualización de las Regulaciones sanitarias especiales para la importación de alimentos de origen animal por viajeros y personas naturales con la novedad de poder importar carnes frescas, congeladas, deshidratadas o saladas de un grupo de países.

Descargar documento del CENSA 

Coge tu HotDog Aqui

Las prohibiciones absolutas para la importación de alimentos de origen animal por parte de los viajeros, obedecen al cumplimiento de requisitos zoosanitarios nacionales e internacionales. Por otra parte, los productos regulados deben cumplir determinados requisitos entre ellos el país de origen (producción) de los mismos.

Es bueno aclarar una vez más que quienes tienen la autoridad y competencia para aplicar estas regulaciones son los inspectores de veterinaria de frontera que están en puertos y aeropuertos. Al final del artículo aparecen los datos de contacto del Ministerio de la Agricultura para preguntas y dudas.

Prohibiciones absolutas de importación: 

  1. Leche fluida y derivados lácteos en general NO PASTEURIZADOS.
  2. Carnes frescas, congeladas, deshidratadas o saladas, vísceras comestibles, productos carnicos semielaborados (hamburguesas; picadillos; alb6ndigas; conformados como palitos de carne, nuggets y otros productos empanados; chorizos crudos; salamis; pastas untables; jamón crudo, salchichones y tocinetas crudos, fermentados, sobreasada, peperoni, cervelat y otros productos crudos fermentados) y productos semicocidos que no esten empacados al vacio.
  3. Carnes procedentes de la fauna silvestre en cualquier forma de presentaci6n.

Facilidades para la importación: 

  1. Conservas cárnicas (enlatadas) de bovinos, porcinos y aves, debidamente identificadas y de marcas comerciales reconocidas, procedentes de los países que por su situaci6n zoosanitaria actual y acuerdos establecidos entre Servicios Veterinarias Oficiales son elegibles para Cuba (España, Portugal, Estados Unidos, Canadá, México, Panamá, Costa Rica, Nicaragua, Brasil, Argentina, Chile y Uruguay)
  2. Carnes frescas, congeladas, deshidratadas o saladas, vísceras comestibles, productos cárnicos semielaborados (hamburguesas; picadillos; albóndigas; conformados como palitos de carne, nuggets y otros productos empanados; chorizos crudos; salamis; pastas untables; jamón crudo, salchichones y tocinetas crudos, fermentados, sobreasada, peperoni, cervelat y otros productos crudos fermentados) y productos semicocidos, empacados al vacio de bovinos, porcinos, ovinos y caprinos, debidamente identificadas y de marcas comerciales reconocidas, procedentes de los países que por su situaci6n zoosanitaria actual y acuerdos establecidos entre Servicios Veterinarios Oficiales son elegibles para Cuba (España, Portugal, Estados Unidos, Canadá, México, Panamá, Costa Rica, Nicaragua, Brasil, Argentina, Chile y Uruguay)
  3. Embutidos. Se autorizan con carácter temporal, procedentes de los países que por su situación zoosanitaria actual y acuerdos establecidos entre Servicios Veterinarios Oficiales son elegibles para Cuba (España, Portugal, Estados Unidos, Canadá, México, Panamá, Costa Rica, Nicaragua, Brasil, Argentina, Chile y Uruguay)
  4. Conservas de productos del mar originadas de cualquier área geográfica.
  5. Leche fluida UHT, condensada, evaporada, y postres lácteos originadas de cualquier área geográfica.
  6. Leche en polvo originada de los países que por su situaci6n zoosanitaria actual y acuerdos establecidos entre Servicios Veterinarios Oficiales son elegibles para Cuba (España, Portugal, Estados Unidos, Canadá, México, Panamá, Costa Rica, Nicaragua, Brasil, Argentina, Chile y Uruguay)
  7. Quesos maduros pasteurizados originarios de cualquier área geográfica o elaborados a partir de leches ultra pasteurizadas.

El origen de los productos viene dado por el país donde fueron elaborados o producidos, o sea aquel que aparece en las etiquetas de los productos.

Todos los productos deben llegar al país envasados íntegramente y ser de marcas reconocidas, así como estar debidamente etiquetados, sin rotura en el embalaje. Aquellos productos cuyo embalaje sufra alguna rotura o deterioro serán decomisados e incinerados.

En el Sitio Web del MinAgri aparece como contactos para dudas y preguntas: 

cuarentena@dsa.minag.gob.cu

+53 7 8337229, +53 5 2114947, +53 7 8337330, +53 5 2098021

Magic Touch Catering

Deja un comentario