La importación de vehículos por personas naturales

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Entre las disposiciones publicadas en la Gaceta Ordinaria 128 de 30 de diciembre de 2024 se encuentra el Decreto 119, De la Transmisión de la Propiedad de Vehículos de Motor, Remolques y Semirremolques, su Comercialización e Importación, el cual modifica, entre otras cosas, la importación de vehículos por personas naturales residentes en el país.

Debemos comenzar diciendo que esta nueva norma legal deroga el Decreto 83, de 9 de febrero del 2023, por lo que es la única disposición que en la actualidad norma la transmisión, comercialización e importación de vehículos, remolques y semirremolques.

Esta disposición no modifica lo que estaba establecido en relación con la importación no comercial de ciclomotores, motos y bicicletas eléctricas, lo cual se mantiene igual. O sea, que pueden importarse hasta dos y el arancel y los servicios de aduana se pagan en pesos cubanos. Sin embargo, sí introduce cambios en la importación no comercial de vehículos por parte de las personas naturales, bien sea a través de empresas autorizadas para la importación y comercialización, por su condición de miembros del servicio exterior, colaboradores o tripulantes de buques y aeronave o directamente.

En este artículo trataremos solamente de lo relacionado con la importación directa de vehículos y sus partes por pasajeros y a través de envíos y su vinculación con la Aduana, que es el tema de nuestro Blog.

Que vehículos pueden importar las personas naturales residentes permanentes

Sin embargo, lo novedoso de este nuevo Decreto es que autoriza a los residentes permanentes en el país, tanto cubanos como extranjeros, a importar directamente:

Ciclomotores y motocicletas, tanto de combustión interna como híbridos **, con un motor de hasta 250 cc: Puede importarse uno cada cinco años, contados a partir de recibir la primera. Su capacidad puede ser de una o dos plazas, o de hasta tres cuando incluya un sidecar.

Triciclo eléctrico o híbrido: Con una capacidad de hasta seis pasajeros – sin el conductor – o de hasta 1000 kg de carga, puede importarse uno cada cinco años, contados a partir de recibir el primero.

Como puede verse, en la importación directa no están incluidos los autos de ningún otro tipo de vehículos.

En estos casos, junto con las motocicletas, ciclomotores y triciclos podrán importarse dos cascos integrales de protección por cada vehículo importado – y hasta tres cuando la importación incluya el sidecar -, libre de impuestos (Sin pagar).

Una cuestión muy importante de lo legislado alrededor de este Decreto es que las importaciones no comerciales de ciclomotores y motos de combustión o hibridas, así como la de los triciclos eléctricos o híbridos, NO forman parte del límite en valor establecido actualmente para el equipaje y los envíos (Mil USD y 500 USD respectivamente). Ud. puede importar como ENA, por ejemplo, artículos por valor de mil USD y además, una moto de combustión con sidecar que se valora en 950 USD, siempre, claro está, pagando los impuestos y servicios que correspondan

Requisitos que deben cumplirse para la importación directa:

  1. Deberán llegar al país como Equipaje No Acompañado (ENA) o como Envíos de Paquetería. No podrán importarse como equipaje acompañado.

  2. Deben venir separado del resto de los artículos del equipaje no acompañado o del envío

Cuánto debemos pagar

El pago del Arancel y de los servicios de Aduana en los casos de la importación de las motocicletas, ciclomotores y triciclos antes mencionados será en todos estos casos en USD u otra moneda libremente convertible.

De hecho, la manera de calcular el pago se basa en la aplicación de los adeudos establecidos pero, para facilitar a nuestros lectores el entendimiento, dejaremos de lado esos cálculos y resumiremos que:

Ciclomotores y motos de combustión de hasta 250 cc, con o sin sidecar

  1. Como Equipaje No Acompañado con sidecar:  Arancel 54 USD y 8 USD de servicios de aduana. Total 62 USD
  2. Como Equipaje No Acompañado sin sidecar:  Arancel 46 USD y 8 USD de servicios de aduana. Total 54 USD
  3. Como Equipaje No Acompañado, Solamente el Sidecar:  Arancel 2 USD y 2 USD de servicios de aduana. Total 4 USD
  1. Como Envío de Paquetería con sidecar:  Arancel 276 USD y 8 USD de servicios de aduana. Total 284 USD
  2. Como Envío de Paquetería sin  sidecar:  Arancel 246 USD y 8 USD de servicios de aduana. Total 254 USD
  3. Como Envío, Solamente el Sidecar:  Arancel 21 USD y 2 USD de servicios de aduana. Total 23 USD

Triciclos eléctricos o híbridos, con capacidad de pasajeros de hasta seis plazas – sin el conductor – o de una capacidad de carga de hasta 1000 kg

  1. Como Equipaje No Acompañado:  Arancel 22 USD y 8 USD de servicios de aduana. Total 30 USD
  2. Como Envío de Paquetería:  Arancel 156 USD y 8 USD de servicios de aduana. Total 164 USD

Es necesario recordar que en el caso de los envíos de paquetería, a estos pagos habría que agregar lo que cobra la agencia que presta el servicio.

Importación de motores, carrocerías y cuadros de moto

La importación de motores, bloques de cilindros de motores, carrocerías, cabinas, chasis y cuadros de motos solo podrán realizarla las personas jurídicas autorizadas por el ministro del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera.

Como sucedía hasta ahora, estas partes NO PODRÁN ser importadas por personas naturales como equipaje o envíos.

En otros artículos hablaremos de las importaciones de vehículos que pueden hacer los miembros del servicio exterior, los colaboradores y los tripulantes de naves y aeronaves

** híbridos: un vehículo que combina al menos un motor eléctrico con un motor de gasolina. 

Disposiciones vinculadas:

Resolución 400-24 del MFP

Resolución 364-24 de la AGR

Tabla Cantidad/Valor actualizada

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