Cómo hacer mi equipaje

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Algunos pasajeros que importan artículos por encima de sus efectos personales, nos dicen que es complicado saber cómo conformar el equipaje para no tener problemas a su llegada a Cuba.

A los que piensan así, voy a tratar de explicarlo a través de un ejemplo que todos utilizamos a diario y que es a la vez a la manera en que yo lo razono.. Llamémoslo:

IR A UNA TIENDA Y  LLENAR EL CARRITO

Para comenzar, debemos tener en cuenta algunas cuestiones básicas:

a) Todos los pasajeros con 10 años o más de edad (independientemente de su nacionalidad o categoría migratoria) pueden importar -además de sus efectos personales- exactamente LO MISMO: Mil pesos (1,000.00) en artículos en general.

b) Se autoriza la importación (entrada al país), exento de pago (sin pagar derechos), los efectos personales de los pasajeros (ver efectos-personales )

c) Se autoriza la importación pagando los derechos de aduanas de todos aquellos artículos que no estén prohibidos ( Artículos no permitidos )

d) Los pasajeros solo pueden importar con carácter NO COMERCIAL y los valores y algunas cantidades no comercial de los artículos a importar están establecidos en el Anexo 2 de la Resolución 175-22 del Jefe AGR  y cuyas características hagan que tengan un carácter doméstico. Puede descargar esta Ver Tabla Cantidad-Valor 2022

e) Por Ley, la Aduana está en la obligación de cobrar los derechos de aduanas (no son más que los impuestos a la importación que se cobran en todo el mundo) y toda vez que los mismos son Ad-valorem, es necesario fijar un valor para los artículos importados.

f) En los casos en que el pasajero viaje con una cantidad por encima de sus efectos personales, la aduana podrá emplear el “método de valoración al peso” para hallar el valor en aduanas de las mercancías ( Ver aquí Valoración por peso ) y de esta manera facilitar el trámite al no tener que abrir el equipaje. En este caso, un kilogramo de misceláneas se valora en 10 pesos (o sea, se considera que 1kg de misceláneas tiene un valor en aduanas de 10 pesos.

Si somos de los pasajeros que importamos (traemos) en nuestros bultos más artículos que los considerado efectos personales o exentos de pago y teniendo en cuenta los principios antes explicados, imaginémonos entonces que cuando viajamos a Cuba, vamos a ir de compras a una tienda cualquiera y hallemos una similitud entre ambas situaciones:

Para empezar, en la tienda podremos comprar tantas cosas como dinero tengamos, así que lo primero que debemos saber es ¿Cuánto dinero tengo disponible? El dinero que tengamos disponible para gastar será el límite de lo que puedo comprar, no? Pues bien en la importación y su paso por la Aduana, este límite está dado también por el valor, que en este caso es de mil pesos. O sea, que en esta tienda hipotética yo pudiera comprar diferentes cosas solo hasta un valor total de mil pesos. (algunos le llaman puntos)

Hagámonos ahora la idea de que entramos a la tienda, cogemos un carrito y comenzamos a caminar los pasillos. En una tienda normal cada artículo tiene una etiqueta con un valor y mentalmente vamos sumando los valores de todo lo que vamos poniendo en el carrito pues no podemos pasarnos de lo que tenemos en el bolsillo (mil pesos)

En nuestra tienda hipotética, cada artículo tiene un valor fijado por la resolución 207-14 del Jefe AGR: ( Ver Tabla Cantidad Valor ) por lo que al ir “llenando” nuestro hipotético “carrito” debemos tener presente este valor a los efectos de no superar los mil pesos permitidos. De esta manera, por ejemplo, sí ponemos un Split de aire acondicionado en el “carrito”, sabemos que ya hemos consumido 200 pesos de los mil que tenemos en el “bolsillo” (200 puntos)

Así, artículo a artículo, vamos llenando nuestro  “carrito” con lo que queremos importar. Lo más fácil son los equipos y efectos electrodomésticos… Se cogen del “estante” y se echan en el “carrito”. Una PC (y sumamos mentalmente 200 pesos) Un tablet (y sumamos 150 ) Dos móviles gama media (y sumamos 120) y así vamos llenando el carrito. Cuando terminemos con los equipos sumamos su valor que, en nuestro hipotético caso,  serían 470 pesos (puntos).

Y entonces, ¿cuántas confecciones y misceláneas pudiéramos traer además? Pues si tenemos 470 pesos en el carrito y mil en el bolsillo, nos quedarían 530 pesos para gastar (1,000 menos 470 ). Si sabemos que a los efectos de facilitar la valoración, la Aduana considera que un kilogramo tiene un valor en aduanas de 10 pesos, sabríamos inmediatamente que pudiéramos agregar a nuestro carrito 53 kgs de misceláneas ( 530 entre 10)

Ya en este momento en que nuestro hipotético “carrito” tiene artículos por valor de 1,000 pesos) que es lo que tenemos en nuestro bolsillo para pagar, le agregamos los efectos personales (que en este caso son 25 kilogramos de misceláneas) así como los demás artículos considerados exentos de pago y estaremos listos para llenar nuestras maletas y pasar ágil y felizmente por la Caja, que en el caso de nuestra hipotética tienda sería la Aduana.

El “carrito” pudiera llenarse de manera contraria… Tenemos 90 kilogramos de misceláneas en el carrito: ¿qué más pudiéramos ponerle dentro. En este caso a los 90 kgs de misceláneas le restamos los 25 kgs. de efectos personales por lo que nos quedarían 65 kilogramos que seria el equivalente a 650 pesos (65 por 10). Si sabemos que nuestro limite es de mil pesos, pudiéramos agregar a nuestro carrito otros artículos que no sean misceláneas por un valor de 350 pesos (mil menos 650)

Como en la vida real en que no podemos comprar todo lo que quisieramos pues su valor supera el dinero que tenemos en el bolsillo, en ocasiones nuestra “hipotética compra” no puede ser todo lo que queramos pues su valor supera el límite de mil pesos establecido. Entonces, como haríamos en el caso de una tienda normal, en nuestra hipotética tienda tendremos que poner y quitar del “carrito” artículos hasta llegar a tener el valor que podemos asumir para pasar por la Caja, o sea. hacer nuestra maletas para pasar por la Aduana.

Espero que este ejercicio mental les pueda ser útil a la hora de saber cómo conformar nuestro equipaje si pretendemos importar más que nuestros efectos personales. Este trabajo no pretende explicar qué se puede y que no se puede importar (lo cual puede ser consultado en otras secciones de esta aplicación), ni hacer disquisiciones sobre lo justo o no de algo. Este trabajo solo pretende ayudar a entender, con un ejemplo sencillo, la manera facil y segura de preparar nuestro equipaje si pretendemos viajar a Cuba con más artículos que nuestros efectos personales