Desde el año 2014, la importación de cocinas y hornos eléctricos que utilizaran resistencias para su uso, así como los aires acondicionados de más de 1 tonelada estaba prohibida por la Resolución 143-14 del Jefe AGR.
Hoy, día 6 de septiembre, acaba de ser publicada en la Gaceta Oficial Extraordinaria 76 del 2021 la Resolución 273, de fecha 3 de septiembre de 2021, del Jefe de la Aduana General de la República, la cual deroga aquella Resolución y modifica en lo necesario las Resoluciones 206-14 y 207-14.
Hasta la promulgación de la nueva disposición, en el caso de la cocinas eléctricas solamente se permitía la importación de las llamadas cocinas de inducción y sólo hasta una determinada potencia.
Y en el caso de los hornos eléctricos, sólo los llamados Microondas, también conocidos como Microwave.
La derogada Resolución 143-14 limitaba también hasta 1 tonelada (12000 BTU) la capacidad de los aires acondicionados que se podían importar por parte de pasajeros como importación no comercial.
La nueva Resolución 273-21 publicada hoy tiene las siguientes características.
Modifica la Resolución 206-14 del Jefe AGR “Límite para la determinación del Carácter Comercial a las importaciones que realizan las personas naturales por cualquier vía” de la siguiente manera:
- En el caso de las cocinas de inducción, elimina el límite en potencia y cantidad de focos y no se establecen límites en ninguna de las dos categorías técnicas
- En el caso de los acondicionadores de aire domésticos se elimina el límite de 1 tonelada (12000 BTU) y no se establecen límites de capacidad.
- Se autoriza la importación para uso doméstico de cualquier tipo o modelo de cocinas y hornillas eléctricas, con o sin horno y no se establecen límites de potencia o cantidad de hornillas.
- Se autoriza la importación para uso doméstico de cualquier tipo de horno y no se establecen límites de potencia.
Junto a lo anterior, se modifica la Resolución 207-14 “Listado de Valoración en Aduana para las importaciones sin carácter comercial” a los efectos de incluir y adecuar las modificaciones relacionadas anteriormente y valorar los equipos agregados.
Otra cosa importante en la nueva resolución es que “Los recursos de apelación iniciados antes de la entrada en vigor de esta Resolución y aún no concluidos, se rigen por lo dispuesto en la presente” por lo que quienes tenían alguna reclamación presentada a la AGR sobre este asunto sin estar aún resuelta, se aplicará en su caso lo nuevo dispuesto.
Realmente era contradictorio que por una parte se prohibiera, por ejemplo, la importación de una hornilla eléctrica de 40 watts y sin embargo se permitiera la importación de Sandwicheras de cualquier cantidad de watts. Pero bueno, nunca es demasiado tarde ……
Reconforta ver que se están eliminando prohibiciones que aunque quizás en algún momento tuvieron su razón de ser, no lo la tienen tanto hoy.
Ojalá que estas nuevas medidas vayan seguidas de otras de similar impacto y lógica.
Descargue aquí la Resolución 273-2021 del Jefe AGR
Buena resolución, alante mi Cuba Revolucionaria 🇨🇺❤️🇨🇺❤️🇨🇺❤️🇨🇺❤️🇨🇺❤️🇨🇺❤️🇨🇺