Hace unos días alguien explicaba en un Grupo de Telegram que había obtenido una Beca de 2 años en Europa y que los gastos de manutención por ese tiempo sumaban mucho más de los 5 mil USD permitidos a extraer legalmente y preguntaba: ¿Qué hacer en ese caso?
Si continua leyendo conocerá la respuesta que da el Banco Central de Cuba a esta interrogante
La Resolución 124-2020 del Banco Central de C ba (BCC) establece que las personas naturales a su salida del país pueden exportar libremente hasta cinco mil dólares estadounidenses (5000 USD) o su equivalente en otras MLC y que el Presidente del Banco Central de Cuba podrá autorizar a exportar sumas superiores previa presentación por el interesado de documentos que acrediten su lícita adquisición.
Consultado el BCC sobre este caso nos envió la siguiente respuesta, la cual puede ser de el interés de otras personas,
“25 de mayo de 2021
Buenos días,
Documentos a presentar para tramitar autorización para la exportación de MLC por personas naturales, según Resolución 124 del 16 de septiembre de 2020:
- Escrito a la Ministra Presidente del BCC, Marta Sabina Wilson González, solicitando la extracción en efectivo de más de 5000 USD o su equivalente en otras monedas libremente convertibles.
- Motivo del viaje.
- Cantidad de divisas a exportar.
- Datos personales del solicitante
- Dirección Particular
- Si es ciudadano cubano
- Si es residente permanente en Cuba
- Documentos que acrediten la adquisición de los fondos.
- Fecha de viaje y terminal
La Secretaría del Banco Central de Cuba tramita en un plazo de siete (7) días hábiles las solicitudes de exportación de MLC presentadas y comunica al interesado y a Ia Aduana General de la República el otorgamiento o denegación de la autorización establecida en el apartado Cuarto de la presente Resolución/
Ubicación: Banco de Central de Cuba: Calle Cuba # 402 esquina Lamparilla. Habana Vieja
Saludos, Grupo de Atención a la Población
Banco Central de Cuba”