SIGUIENDO ESTE ENLACE puedes Calcular «en línea» lo que debes pagar a la Aduana en Cuba por un Envío
A los efectos aduaneros, se entenderá por ENVÍOS todos aquellos recibidos, ya sea mediante la vía postal, de mensajería, o mediante carga aérea o marítima, utilizando en todos los casos solamente los servicios que brindan las empresas y entidades expresamente autorizadas para ello,
Agencias de Mensajería y Transitarias Rastreadores Postales
Todas las personas naturales que residen temporal o definitivamente en el país pueden recibir mediante Envíos cualquier artículo o equipo, siempre que cumplan estos:
REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LOS ENVÍOS
- No pueden estar entre aquellos que estén expresamente prohibidos
- Si están entre los regulados a la importación, deberán contar con la Licencia u Autorizo.
- Su valor en aduanas no puede exceder los 500 USD (hasta el 31-12-23)
- Los artículos deben ser declarados.
- Un mismo artículo no debe recibirse en cantidades comerciales.
El valor en aduanas se muchos artículos está establecido en el Anexo 2 de la Resolución 175-22 del Jefe AGR y sus cantidades pueden obtenerse en esta Tabla Cantidad/Valor 2022 que he confeccionado
CÓMO SE VALORAN LOS ENVÍOS
En el caso de los Envíos, las MISCELÁNEAS (calzado, confecciones, alimentos, artículos de aseo personal y del hogar, bisutería, lencería, perfumería y similares) se valoran al peso aplicando la igualdad de un (1) kilogramo de misceláneas igual a veinte (10) USD.
Los equipos electrodomésticos y otros equipos duraderos no clasifican como misceláneas. No se pesan y se valoran individualmente según el Anexo 2 de la Resolución 175-22 del Jefe AGR, y su valor se incluye en el límite total de 500 USD que tiene el Envío
DERECHOS DE ADUANAS
Se eximen del pago de los derechos arancelarios los envíos por un valor total de hasta treinta USD (30.00) o su equivalente de 3.0 kg cuando solo contienen misceláneas. Los artículos en exceso de los treinta USD y hasta el valor máximo de quinientos USD (500.00), pagarán una tarifa del 30% de su valor.
La valoración de los artículos y la miscelánea se hace en USD, a este valor en aduanas se le aplica un arancel no comercial del 30% y el resultado se lleva a CUP, multiplicándolo por la Tasa de 1 x 24. Puede parecer a primera vista complicado, pero… realmente lo es
Cuando el envío utiliza la vía postal para llegar al país, lo hace a través de la Empresa de Correos de Cuba y es esta entidad la encargada de recepcionar, custodiar y entregar los bultos al destinatario.
En el caso de los Envíos por Mensajería y por Carga aérea o marítima, los mismos deben realizarse a través de alguna de las agencias autorizadas a operar en Cuba esos servicios y de igual forma ellas responderán ante el destinatario por su recepción, así como por su custodia y entrega.
Vía Postal
Agencias de Mensajería
Agencias Transitarias
Para rastrear un envió Postal:
Rastreador internacional: https://www.track-trace.com/post
Rastreador nacional: http://www.correos.cu/rastreador-de-envios/
Los Envíos por carga y los Menajes por vía de cargas pueden ser rastreados en los sitios web de las respectivas Agencias Transitarías
Artículos autorizados temporalmente hasta el 31/01/2025: De manera excepcional, 20 kilogramos de medicamentos, Alimentos y Artículos de Aseo pueden ser importados como ENVÍOS sin pagar derechos de aduanas y sin formar parte del límite autorizado de 500 USD.