Se prorrogan nuevamente las facilidades temporales a la importación de alimentos, aseo, medicinas e insumos médicos, sin límites y exentas del pago de aranceles.
Al fin se ha escuchado a la lógica (y a la gente) y esta vez no se fijan términos de vigencia y la facilidad estará vigente «mientras persistan las condiciones que han determinado su aprobación«.
La Gaceta Oficial Extraordinaria número 7 del 17 de enero de 2026 contiene las Resoluciones del Ministerio de Finanzas y Precios, del Ministerio de Salud Pública y de la Aduana General de la República, indefinidamente las facilidades temporales vigentes desde el año 2021 para la importación sin carácter comercial de alimentos, productos de aseo, medicinas e insumos médicos por parte de pasajeros y como Envíos de paquetería y postales.
También se prorroga la importación como Envíos postales y de paquetería de plantas eléctricas con una potencia superior a los 900 VA, así como la extensión del límite de los mismos hasta los 500 USD.
Por su parte, el Ministerio de Salud Pública actualiza el listado de los insumos médicos que pueden importarse sin límite ni pago de aranceles-
En resumen, solo cambia el periodo de vigencia, que esta vez es de cuatro meses. Todo lo demás sigue igual
Resolución 09-2026 del MFP, prorroga la facilidad
- importación sin carácter comercial, sin límites en su valor y exenta del pago del Impuesto Aduanero de alimentos, aseo, medicamentos e insumos médicos, por la vía de pasajeros como equipaje acompañado.
- importación sin carácter comercial de alimentos, aseo, medicamentos e insumos médicos hasta el límite de quinientos
- autorizar el incremento del límite del valor en aduana para las importaciones no comerciales que realizan las personas naturales mediante envíos, de doscientos dólares estadounidenses (200,00 USD) hasta quinientos dólares estadounidenses (500,00 USD).
- autorizar la importación sin carácter comercial y exenta del pago del Impuesto Aduanero de alimentos, aseo, medicamentos e insumos médicos como envíos aéreos, marítimos y postales, hasta un límite de doscientos dólares estadounidenses
Resolución 10-2026 del MFP, prorroga la
- la importación de plantas eléctricas de más de 900VA
Resolución 04-2026 del MINSAP, prorroga
- importar, sin carácter comercial y exento del pago del Impuesto, medicamentos en envases originales e insumos médicos,
- La importación que se autoriza a pasajeros mediante el equipaje acompañado es sin límites en su valor; por la modalidad de equipaje no acompañado es de hasta el límite de quinientos dólares estadounidenses (500,00 USD) (50 kg) y mediante
envíos aéreos, marítimos o postales por personas naturales hasta un límite de 200,00 USD (20 kg)
Resolución 34-2026 de la AGR,
- Establece la no utilización de la tabla para determinar la valoración por el peso y liquidación del impuesto aduanero de los productos que clasifiquen como alimentos y aseo, así como los que se identifiquen como medicamentos e insumos médicos que sean importados sin fin comercial por personas naturales mediante equipaje, así como envíos marítimos, aéreos y postales
Descargar Gaceta Extraordinaria No. 7 del año 2026