¿Qué hacer para viajar con más de 5 mil USD a mi salida?

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Las personas naturales solamente pueden llevar consigo hasta cinco mil dólares estadounidenses (5000 USD) o su equivalente al salir del pais. Entonces… ¿qué hacer si necesito llevar más?

Algunos dirán «pues me lo llevo escondido», pero esta es una decisión que, bajo nimgún concepto, sería inteliente. Quienes lo hagan de esa manera y sean sorprendidos, además de perder el dinero, pueden enfrentarse a sanciones penales.

La Resolución 124-2020 del Banco Central de Cuba (BCC) establece que el Presidente del Banco Central de Cuba (BCC) podrá autorizar a exportar sumas superiores a los 5 mil USD (o equivalente) autorizados, previa presentación por el interesado de documentos que acrediten su lícita adquisición.

Consultado el BCC sobre este caso nos aclaró que:

Los documentos a presentar para tramitar autorización para la exportación de MLC por personas naturales, según Resolución 124 del 16 de septiembre de 2020 son:

  • Escrito a la Ministra Presidente del BCC solicitando la extracción en efectivo de más de 5000 USD o su equivalente en otras monedas libremente convertibles.
  • Motivo del viaje.
  • Cantidad de divisas a exportar.
  • Datos personales del solicitante
    • Dirección Particular
    • Si es ciudadano cubano
    • Si es residente permanente en Cuba
  • Documentos que acrediten la adquisición de los fondos.
  • Fecha de viaje y terminal

A partir de la entrega, la Secretaría del Banco Central de Cuba tramita en un plazo de siete (7) días hábiles las solicitudes de exportación de MLC presentadas y comunica al interesado y a Ia Aduana General de la República el otorgamiento o denegación de la autorización

La dirección del Banco de Central de Cuba es: Calle Cuba # 402 esquina Lamparilla. Habana Vieja

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