Los viajeros pueden llevar consigo, como parte de su equipaje acompañado, cenizas humanas siempre que cumplan con determinados requisitos y se acompañen de los documentos que se exigen. ¿Quieres saber cómo hacerlo?
Los restos de las personas fallecidas pueden ser sepultados o incinerados y es precisamente este último caso el que se utiliza más comúnmente para trasladar restos humanos de un país a otro.
En el caso de la incineración, las funerarias son las encargadas de brindar el servicio de traslado del cadáver a los Incineradores y son los familiares quienes recogen en el lugar las cenizas y el Certificado de Incineración.
Según nos confirmó el Grupo de Atención al Público de la AGR, para la exportación por un pasajero de cenizas humanas, sólo deben presentarse ante la Aduana dos documentos:
El Certificado de Defunción, que se solicita en los Registros Civiles y el Certificado de Cremación que entregan al recoger las cenizas.
Casi todas las compañías aéreas permiten viajar con las cenizas de un familiar como equipaje de mano sin ningún costo extra, aunque deberán ir en una urna funeraria, debidamente cubierta y disimulada y con un empaquetado anti rotura. En el caso de no cumplir estos requisitos deben viajar en la bodega del avión.
En todo caso y para evitar sorpresas, es recomendable llevar los Certificados de Defunción y de Incineración, así como buscar previamente información sobre el particular en el país de destino, para comprobar los requisitos que allí van a ser exigibles.
Finalmente, si un familiar fallece fuera de Cuba y se desea regresar sus cenizas a Cuba, el familiar que asumirá el traslado tiene la oportunidad de traerlas consigo en el avión en el que viaja, siempre que las cenizas vengan envasadas en un ánfora funeraria de la manera establecida y se presenten ante la Aduana los Certificados de Defunción y de Incineración debidamente legalizados en el país de origen.