Como es de todos conocido, hace varios días Cubadete y otros medios publicaron declaraciones del Ministro de Finanzas y Precios donde se explicaba la prórroga de la libre y exenta importación de alimentos, aseo y medicamentos a los que se le agregaban insumos médicos y se extendia a ENA y Envios. Conozca más aqui
El día 30 de junio la Gaceta publicó las resoluciones del MFP, del MINSAP y la Aduana que legitimizan lo adelantado por el Ministro de Finanzas hace unos días. Las mismas afectan (positivamente, por suerte), no solo los equipajes acompañados sino incluyen también el equipaje no acompañado (ENA) y los envíos de paquetería. Por su parte el MINSAP autorizó un amplio listado de insumos médicos
Las autorizaciones de estas disposiciones tienen todas un carácter excepcional y temporal hasta el 31 de diciembre de 2023. Ojalá que el tan corto plazo signifique que las razones detalladas en la mayoría de sus POR CUANTO se resuelvan antes de esa fecha, pues de lo contrario el por qué de tan corto término es difícil de entender
La referida Gaceta Extraordinaria No. 47 publica las Resoluciones del MFP, del MINSAP y la Aduana que dan fundamento legal a estas afirmaciones las cuales, en síntesis y lenguaje coloquial, tienen este contenido:
I.- Resolución 133-2023 del MFP autoriza la importación sin carácter comercial, sin límites en su valor y exenta del pago del Impuesto aduanero de :
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Alimentos, aseo, medicamentos e insumos médicos, por la vía de pasajeros como equipaje acompañado.
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Alimentos, aseo, medicamentos e insumos médicos hasta el límite de quinientos dólares estadounidenses (500,00 USD) del valor o peso equivalente, hasta cincuenta kilogramos (50 kg), exenta del pago del Impuesto aduanero como equipaje no acompañado.
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Alimentos, aseo, medicamentos e insumos médicos como envíos aéreos, marítimos y postales (paquetería), hasta un límite de 200 USD (20 ks)
Esta Resolución incrementa el límite del valor de los Envíos hasta 500,00 USD Eran 200 USD), manteniendo la exención por los primeros 30,00 USD y el 30 % de arancel para el resto.
También dispone que los artículos clasificados como alimentos o aseo, así como los identificados como medicamentos e insumos médicos, que integren parte del equipaje del pasajero deben presentarse ante la Aduana en bultos separados del resto de los productos y que en el caso de los envíos, estos solo deben contener estos productos.
II.- Resolución 182-2023 del MINSAP autoriza la importación sin carácter comercial y exenta del pago del Impuesto aduanero como estableció el MFP, de medicamentos e insumos médicos siempre que estén en envases originales de medicamentos e insumos médicos y publica el listado de los artículos considerados insumos médicos (Anexo Único).
Si se importan como equipaje acompañadon continua siendo sin límites en su valor. En el caso de equipaje no acompañado (ENA) el limite es de hasta 500 USD (50 kg) y mediante envíos aéreos, marítimos o postales es de hasta 200 USD (20 kg)
III.- Resolución 148-2023 de la Aduana que modifica temporalmente sus resoluciones 175-22 para atemperarlas a los cambios introducidos por el MFP y el MINSAP y de acuerdo a ello actualiza la tabla que aparece en la Resolución 176-22 para determinar la valoración por el peso y liquidación del impuesto aduanero de los envíos a partir de los nuevos limites
¿Qué cambia y que se mantiene a partir del 1 de julio?
Qué no se cambia
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Se mantiene la importación como equipaje acompañado de alimentos, aseo y medicamentos sin límites en cantidad y valor su valor y sin pagar derechos de Aduana. Las cantidades de estos artículos y su valor en aduana NO forman parte del límite de 1000 (mil) USD de cada viaje
Qué se cambia
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Se agrega la importación como equipaje no acompañado (ENA) y sin pagar derechos de Aduana de hasta 50 kgs de alimentos, aseo y medicamentos e insumos médicos. Las cantidades de estos artículos y su valor en aduana NO forman parte del límite de 1000 (mil) USD de cada viaje.
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Se agrega la importación como Envio (paquetería) y sin pagar derechos de Aduana de hasta 20 kgs de alimentos, aseo y medicamentos e insumos médicos siempre que el paquete solo contenga estos artículos.
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Se aumenta el limite del valor de los Envíos hasta los 500 USD (antes era de 200 USD). Este aumento permitirá utilizar esa vía para enviar a residentes en el país de equipos mas costosos como lavadoras, aire acondicionados, televisores, laptops, etc (ver Tabla Cant/Valor)
Como modificación también está la autorización del MINSAP de importar, exento del pago de Aduana y sin formar parte de los limites establecidos en cada caso, una serie de artículos considerados insumos médicos que van desde jeringuillas hasta equipos concentradores de oxígeno.
Sobre lo relacionado con estos llamados insumos médicos publicaremos otro artículo mas específico próximamente.