Qué es lo nuevo sobre los ENVIOS postales y de mensajería

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En el último periodo de sesiones de la ANPP el Ministro de Economía detalló una serie de medidas que modifican el tratamiento a las importaciones no comerciales por parte de personas naturales, entre ellas algunas relacionadas con los Envíos “aéreos, marítimos, postales y de mensajería”.  Les invito a conocer los cambios y más importante con algunos ejemplos que los ilustran.

Lo que importen las personas naturales serán siempre – y únicamente – Importaciones Sin Carácter Comercial. Las nuevas disposiciones anunciadas introducen cambios sustanciales en ellas, tanto en el tráfico de viajeros como en los envíos. Hoy veamos estos cambios en el último de los dos casos, Los Envíos y en otros artículos lo haremos igual con los pasajeros

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En cuanto a los Envíos, fundamentalmente se modifican dos cuestiones: El valor del kilogramo de misceláneas y el impuesto (%) a pagar. Las dos  tienen el efecto de “abaratar” el pago que deben hacer en Cuba quienes lo reciben, como veremos más adelante

En la Gaceta Oficial Extraordinaria 45 de 28 de julio de 2021 se publicaron dos nuevas normas relacionadas con los envíos postales y de mensajería: la Resolución 204-2022 del MFP y la Resolución 176-2022 de la AGR. La primera modifica el arancel a pagar del 100% al 30% y la segunda cambia la valoración de un kilogramo de misceláneas de 20.00 USD a 10 USD

Para entender mejor la diferencia, veamos cómo es en la actualidad y cómo será a partir del 15 de agosto próximo.

En la actualidad y hasta el 15 de agosto esto es lo que se aplica

  1. El valor de los Envíos no puede sobrepasar los 200.00 usd
  2. Los primeros 30.00 USD son exentos
  3. Hasta 1.5 kgs de misceláneas no pagan derechos
  4. El kilogramo de misceláneas se valora en 20.00 usd
  5. Por lo anterior, pueden enviarse bultos de hasta 10 kgs de misceláneas
  6. Cuando en el paquete vienen artículos que no son misceláneas, estos se valoran de acuerdo a la norma de valoración en aduana.(hasta el 15/8/22 la resolución 207)
  7. Se paga el 100% del valor en derechos de aduana convirtiéndolo de USD a CUP (USD x24)

A partir del 15 de agosto esto es lo que se aplicará:

  1. El valor de los Envíos no puede sobrepasar los 200.00 usd (igual)
  2. Los primeros 30.00 USD son exentos (igual)
  3. Hasta 3 kgs de misceláneas no pagan derechos (Se duplica) **
  4. El kilogramo de misceláneas se valora en 10.00 usd (Se cambia)
  5. Por lo anterior, podrán enviarse bultos de hasta 20 kgs de misceláneas (Se duplica la cantidad)
  6. Cuando en el paquete vienen artículos que no son misceláneas, estos se valoran de acuerdo a la norma de valoración en aduana.(a partir del 15/8/22 la el Anexo 2 de la Resolución 175-2022)
  7. Se paga el 30% del valor en derechos de aduana convirtiéndolo en CUP (USD x24) (Se disminuyen en más de dos tercio los aranceles a pagar)

** El cambio de 1.5 kilogramos a 3 kilogramos de misceláneas exento de pago se produce al disminuirse el valor del kilogramo a la mitad.

Ahora bien,  nos preguntaríamos: ¿En qué se traduce esto en la vida real?. Pues se traduce en que se puede recibir más pagando en Cuba mucho menos. Veamos lo anterior a partir de ejemplos

Ejemplo1: Los Envíos exentos:

En la actualidad: Los envíos que contengan misceláneas y pesen hasta 1.5 kgs NO PAGAN derechos de aduanas. El doble que antes de las modificaciones.

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A partir del 15 de agosto: Los envíos que contengan misceláneas y pesen hasta 3.0 kgs NO PAGAN derechos de aduanas. El doble que antes de las modificaciones.

Ejemplo2: Un envío que contenga el máximo de kgs de misceláneas permitido

En la actualidad:

  1. Serían 10 kilogramos
  2. Se valora en 200.00 usd. (20 usd el kilogramo)
  3. Se paga por 170.00 usd pues 30 usd son exentos.
  4. Se aplica el 100% del valor como arancel por lo que debían pagar 170.00 USD que al cambio serían 4,080.00 CUP

A partir del 15 de agosto

  1. Serían 20 kilogramos (el doble)
  2. Se valora en 200.00 usd.
  3. Se paga por 170.00 pues 30.00 son exentos.
  4. Se aplica el 30% del valor como arancel por lo que debían pagar 51.00 USD que al cambio serían 1,224.00 CUP

Nota: Como puede verse, se recibiría el doble de misceláneas y se pagará menos de la tercera parte de lo que se pagaría hoy

Ejemplo 3: Se Importan 2 celulares gama media.

  • En la actualidad se valoran en 120 usd (60 usd cada uno) se pagaría por 90.00 usd pues se descuentan los primeros 30.00. Toda vez que el arancel antes de los cambios es del 100% pagaría de aranceles 90.00 usd que multiplicado por 24 serían 2,160.00 CUP
  • A partir del 15 de agosto se valoran en 160 usd (80 usd cada uno) se pagaría por 130.00 usd pues se descuentan los primeros 30.00. Toda vez que el arancel será del 30% pagaría de aranceles 39.00 usd que multiplicado por 24 serían 936.00 CUP

Nota: Se pagaría casi la tercera parte de lo que se pagaría ahora

Ejemplo 4: Utilizando el ejemplo anterior, como el límite es de 200.00 usd, vemos que los 2 celulares dejan un margen de  usd sin utilizar. Vamos a completarlo con misceláneas

  • En la actualidad los 2 móviles se valoran en 120 usd por lo que quedaría espacio para 80.00 usd en misceláneas. Al valorarse a 20 usd el kg serían 4 kgs para llegar a los 200.00 usd permitidos. En este caso se aplicaría el 100% de arancel sobre 170.00 usd por lo que se pagaría 4,080.00 CUP
  • A partir del 15 de agosto los 2 móviles se valoran en 160 usd (80 cada uno) por lo que quedaría espacio para 40.00 usd en misceláneas. Al valorarse a 10 usd el kg serían 4 kgs para llegar a los 200.00 usd permitidos. En este caso se aplicaría el 30% de arancel sobre 170.00 usd por lo que el arancel sería de 51.00 usd que equivaldría a 1,224.00 CUP

Nota: Como puede verse, se importaría lo mismo *dos móviles y 4 kgs de misceláneas) pero se pagaría la tercera parte

Estas medidas no tienen nada que ver con los servicios y tasas que cobran las Transitarias, los que se mantienen igual. Sin embargo repercuten positivamente en muchos casos ya que si ahora se deben pagar estos servicios dos veces si queremos recibir 3 kgs de misceláneas, a partir del 15 de agosto los 3 kgs serán un solo bulto y por lo tanto un solo pago.

Estas nuevas medidas entrarán en vigor a partir del 15 de agosto y hasta esa fecha se aplicarán las normas actuales en los envíos que se despacharan (Si es que se hace)

Conclusión y criterio personal: Una buena decisión que ayuda a la parte de la población que recibe Envíos. En el caso de las misceláneas, se pueden recibir más y se pagará siempre menos.

Descargar:

Resolución 204-22 del MFP

Resolución 176-22 de la AGR

 

 

1 comentario en «Qué es lo nuevo sobre los ENVIOS postales y de mensajería»

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